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Comisiones CORE

Comisión Fiscalizadora

Autor: Álvaro López Velásquez Publicado: Lunes 27 de abril de 2026 Actualizado: Jueves 30 de abril de 2026

Será entendida para todos los efectos, como la delegación que hace el Consejo en este organismo específico, para obrar en materias propias de la facultad fiscalizadora del Consejo Regional, en la fase investigativa. En el ámbito de su gestión, la comisión podrá relacionarse con todas las instancias del Estado que sean necesario para el mejor desarrollo de su labor, lo cual deberá ser requerido y canalizado a través del Presidente del Consejo Regional. (En atención a lo indicado en el dictamen N° 191816/2022 de la Contraloría General de la República que faculta al Gobernador Regional a citar a todas las instancias del Estado).

La Comisión actuará por expresa instrucción del Pleno del Consejo. Para definir los plazos de funcionamiento y temas a tratar, deberá ser propuesto por escrito al Presidente del Cuerpo Colegiado, por lo menos tres consejeros, con una antelación no menor a 72 horas de la sesión plenaria.

De sus actos fiscalizadores y delas conclusiones que alcance, evacuará informe al Pleno del Consejo, el que resolverá las acciones a seguir, cuando si a consecuencia del informe indicado, estimen que existe mérito para ello. La Comisión Fiscalizadora estará compuesta por la totalidad de los miembros integrantes del cuerpo colegiado, sin perjuico que, de acuerdo con lo requerido, los presidentes/as y vicepresidentes/as de las comisiones del Consejo Regional que traten temas atingentes a sus funciones, puedan integrar esta Comisión Fiscalizadora.

Presidente Ignacio Gómez Gutiérrez
VicePresidenta María José Victoriano Cautivo
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